6 de julio de 2009

Hace unas semanas mencioné aquí un artículo de Xabier Zabaltza sobre la deseable lengua común europea, que sería evidentemente el inglés.

El otro día encontré otro artículo suyo que expresa perfectamente una idea que tengo desde hace tiempo, un motivo más para que me den tanta grima los nacionalismos: suponen (aunque no todos en la misma media, seamos precisos) el gobierno de los muertos sobre los vivos, lo que Zabaltza llama, en neologismo de su invención, la "necrocracia".

Parece que no les basta como base de sus proyectos políticos la mera voluntad de los ciudadanos, y se empeñan en fundamentarlos en interpretaciones de la historia en general sesgadas, parciales, cuando no llanamente falsas.


Los tradicionalistas de los diferentes países suelen parecerse entre ellos bastante más de lo que están dispuestos a admitir (como polos del mismo signo que son, se repelen mutuamente). Esas personas no suelen ser conscientes de las consecuencias que tendría detener el reloj de la historia. Si queremos justificar la unión de Álava, Guipúzcoa y Vizcaya en una misma entidad que Navarra recurriendo al reinado de Sancho III, tendremos que convenir que toda la merindad de Tudela y parte de las de Estella, Olite y Sangüesa son territorio musulmán, perteneciente sea al Califato de Córdoba, sea al reino taifa de Zaragoza (aunque, curiosamente, ninguno de los dos existe en la actualidad).

Una nación es simplemente la suma de los habitantes de un territorio. Nada menos, pero también nada más. Digan lo que digan Hegel y tantos románticos y neo-románticos, el Volksgeist no existe. Frente al mítico espíritu del pueblo, Alfred Cobban habla de un modo muy crítico del determinismo nacional. Tal principio implica la conversión de una nación en algo que trasciende la voluntad de los ciudadanos que la constituyen. Un ejemplo paradigmático de ese determinismo es el de José Antonio Primo de Rivera cuando afirmaba que “Aunque todos los españoles estuvieran conformes en convertir a Cataluña en país extranjero, sería el hacerlo un crimen merecedor de la cólera celeste”. Ese mismo esencialismo joseantoniano es el que inspira el artículo segundo de la vigente Constitución de 1978, al establecer la “indisoluble unidad de la Nación española, patria común e indivisible de todos los españoles”. Sinceramente, creo que el discurso de algunos nacionalistas vascos no difiere en demasía del de José Antonio y el artículo segundo de la Constitución, cambiando simplemente el sujeto político, la Nación española por la Nación vasca.

Otra manifestación del determinismo nacional denunciado por Cobban es precisamente el historicismo político, que puede resumirse más o menos así: si tal territorio ha sido independiente en el pasado, tiene que recuperar su independencia, cuanto antes mejor. No hace falta insistir en que si ese principio se aplicara a rajatabla surgirían de repente miles de nuevos estados, con lo que el planeta se convertiría en un caos aún mayor de lo que es en la actualidad. Además las fronteras son objetos mutables a lo largo del tiempo y las que más convienen a un nacionalismo pueden ser las que menos convengan a otro y así ad nauseam, con lo que el conflicto está asegurado. A mí personalmente me parece irreprochable el principio de autodeterminación si se defiende de modo pacífico y desde el consenso. Si una mayoría clara de los ciudadanos de un territorio –aunque sea la provincia de Albacete– quieren constituir un estado, tienen en mi opinión todo el derecho a hacerlo, sin necesidad de apelar a Sancho el Mayor, a Viriato o a “nos ancêtres les Gaulois”. Y a la inversa: si esa mayoría estuviera a favor del mantenimiento del statu quoo incluso de renunciar a la autonomía, por muy heroico que hubiera sido su pasado, no habría nada que recriminarle.

El historicismo no es algo peculiar de nuestro país. Todos los nacionalismos, en Europa y fuera de ella, han recurrido en mayor o menor medida a la historia. En la primera mitad del siglo XIX, los primeros patriotas de las diversas nacionalidades en ascenso solían ser historiadores amateurs formados en la lengua del estado tenido por opresor y a menudo con un escaso dominio del idioma del pueblo que decían reivindicar. Pero es una constante en los nacionalismos que las justificaciones históricas (y pseudohistóricas) pasen a un discreto segundo plano en la medida en que otros factores, fundamentalmente la lengua y la voluntad general, cobran importancia, normalmente a partir de la década de 1870. Así ocurrió por ejemplo en Polonia, Finlandia, Chequia, Flandes y Cataluña; pero no, según vemos, en Vasconia. No es casualidad que la mayor parte de los autores que defienden la existencia de una nación vasca basándose en una interpretación sui generis de la historia de nuestro país escriban siempre en castellano. Salvo excepciones, el conocimiento de la lengua vasca brilla en ellos por su ausencia.

[...]

El reconocimiento del principio de autodeterminación es una consecuencia lógica de una concepción radical de la democracia. Cuestión diferente son las condiciones que deben darse para su aplicación, la más urgente de las cuales es concretar de una vez cuál es el sujeto de ese derecho, algo que sigue sin estar claro en el caso vasco (¿es Vasconia en su conjunto?; ¿sólo la Comunidad Autónoma del País Vasco?; ¿tiene Álava derecho de autodeterminación?; ¿y la Margen Izquierda, donde los abertzales son minoría?...).

Pero eso supera las humildes intenciones de este artículo. No pretendo arrogarme la facultad de decidir algo que corresponde a los ciudadanos y a los partidos e instituciones que los representan. Me conformo con dejar constancia de que democracia significa siempre biocracia, es decir, el gobierno de los vivos y para los vivos. Somos nosotros quienes decidimos, no nuestros antepasados, por muy ilustres que fueran o creamos que fueron. Como decía un admirado profeta judío de hace dos mil años, desde luego mucho más citado que leído: “Dejad que los muertos entierren a sus muertos”


Xabier Zabaltza, en Contra la necrocracia (hika 171-172 zka. 2005ko azaroa abendua, leído en pensamientocritico.org)

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